Este mercado se resolverá a "Sí" si la Asamblea Federal Suiza adopta una ley federal que establezca el requisito de capital descrito a continuación en votaciones finales tanto en el Consejo Nacional como en el Consejo de los Estados entre la creación del mercado y el 30 de junio de 2027, 11:59 p. m. ET. De lo contrario, este mercado se resolverá a "No".
La ley adoptada debe incluir un requisito para que los bancos de importancia sistémica respalden todo o una porción positiva del valor contable de sus participaciones en subsidiarias extranjeras con capital de nivel 1 ordinario (CET1) mantenido en el banco matriz suizo, incluyendo a través de una deducción equivalente de ese valor del capital CET1 del banco matriz. Cualquier ley federal que contenga este requisito calificará, independientemente de su título, número de asunto parlamentario, si enmienda la Ley Bancaria u otra ley, o si resulta de un proyecto de ley de reemplazo, un proyecto de ley dividido o un paquete legislativo más amplio. El porcentaje requerido y cualesquiera otras disposiciones no afectarán la resolución, siempre que este requisito esté incluido en la ley adoptada. Un requisito bajo el cual solo una porción del valor contable debe respaldarse con capital CET1, con el resto respaldado por otros instrumentos (p. ej., capital AT1), también calificará. Una ley adoptada que no contenga este requisito no calificará.
La adopción en las votaciones finales de ambas cámaras es suficiente para una resolución "Sí". La publicación en el Boletín Federal, la expiración del período de referéndum opcional de 100 días, el resultado de cualquier referéndum y la entrada en vigor de la ley no se requieren y no tendrán ninguna incidencia en este mercado.
La aprobación por solo una cámara, las decisiones de comité o el acuerdo alcanzado durante el procedimiento de conciliación o a través de una conferencia de conciliación no calificarán a menos que la ley sea posteriormente adoptada en votaciones finales por ambas cámaras dentro del plazo de este mercado.